A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Instituto De Financiamiento Promocion Y Desarrollo De Ibague·Respondent Saldaña Fernando
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Ibagué, Tolima, y el Juzgado 007 Transitorio de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad, causado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía instaurada por el Instituto de Financiamiento, Promoción y Desarrollo de Ibagué (INFIBAGUE), en contra de un ciudadano, para solicitar que se libre mandamiento de pago por concepto de las costas procesales aprobadas por ese despacho en un proceso anterior de nulidad y restablecimiento del derecho.
Al verificarse el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye que la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer la solicitud de ejecución presentada porque la misma no constituye una acción judicial independiente del proceso judicial dentro del cual se emitió la condena que se pretende ejecutar, sino que fue emitida por la jurisdicción de lo contencioso administrativo y la petición del presente caso se presentó a continuación del proceso en el que se emitió la condena.
En consecuencia, resulta aplicable la regla de la decisión del Auto 008/22, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Ibagué, Tolima, y el Juzgado 007 Transitorio de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Ibagué, Tolima, es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por INFIBAGUE en contra de Fernando Saldaña.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-7181 al Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Ibagué, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 007 Transitorio de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Ibagué, Tolima.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.